AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL Sistema o base de datos al que se incorporan los datos personales: RED DE MUJERES ELECTAS ¿Quién es el responsable y administrador de tus datos personales y dónde puedes localizarlo? El responsable es el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), con domicilio en Paseo Tollocan No. 944, Col. Santa Ana Tlapaltitlán, C.P. 50160, Toluca, Estado de México, con número telefónico (722) 2757300 y 8007124336. La administradora es la Licenciada Susana Munguia Fernández, Jefa de la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género. ¿Qué datos personales recabamos? - Datos de las mujeres electas mediante proceso electoral ordinario o extraordinario: • Datos de identificación: • Nombre. • Correo electrónico particular. • Teléfono particular. • Cargo (Propietaria o Suplente). • Vía de postulación (por el partido político o candidata independiente). • Municipio en el que ejerce el cargo. - Datos de las mujeres que en periodos anteriores han ocupado diversos cargos de elección popular que fungen como mentoras: • Datos de identificación: • Nombre. • Correo electrónico particular. • Teléfono particular. • Cargo de elección popular ejercido (Propietaria o Suplente). • Vía de postulación (por el partido político o candidata independiente). • Periodo de ejercicio del cargo. • Municipio en el que ejerce el cargo. • Firma. • Datos personales sensibles: • Testimonio vinculado con violencia política contra las mujeres en razón de género. • Documento requerido para el consentimiento expreso. La entrega de los datos personales es Obligatoria. ¿En caso de que te negaras a entregar tus datos personales, cuáles son las consecuencias? -No podrás ser parte integrante de la Red de Mujeres Electas. -No podrás pertenecer a la Red de Mentoría. -No podrás participar en las actividades de la Red de Mujeres Electas y la Red de Mentoría. ¿Para qué finalidad principal utilizaremos tus datos personales? - Ser un canal de comunicación institucional como estrategia en pro de la erradicación de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG), mediante el vínculo que permita orientar, capacitar y proporcionar información a las mujeres que hayan resultado electas derivado de un proceso electoral, que se encuentren en el ejercicio del cargo público de elección popular. De manera adicional, recabaremos tus datos personales que serán utilizados para las siguientes finalidades secundarias: - Que la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE), el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), por medio de la Red de Mujeres Electas sea un vínculo de contacto con mujeres que resultaron electas en los procesos electorales ordinarios y extraordinarios para orientarlas, capacitarlas y proporcionarles información en temas de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG), con el fin de generar datos estadísticos sobre el clima de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) que viven las mujeres en el ejercicio del cargo, así como la construcción de acciones conjuntas preventivas y correctivas, cada una en el ámbito de su competencia. - Informar y capacitar a las mujeres electas sobre cómo ocurre la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) en el ejercicio del cargo. - Informar y capacitar a las mujeres electas sobre cómo prevenir la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG). - Informar y capacitar a las mujeres electas sobre la atención y denuncia de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG), así como, conocer las instancias de apoyo a las que puede recurrir, las medidas de protección y las medidas cautelares a que tienen derecho. - Crear una comunicación institucional con las mujeres que resultaron electas con el objetivo de identificar casos que pudieran ser constitutivos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG). - Promover el registro en la Red de Mujeres Electas y los beneficios de formar parte de la misma. - Brindar apoyo, asistencia y asesoría en el ámbito de las facultades del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), sobre aquellos casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) que pudieran experimentar las mujeres electas en el ejercicio de sus derechos político electorales. - Con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), llevar un registro sobre los casos relacionados de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) que permitan generar datos estadísticos sobre el tipo de violencia que se registre en el ejercicio del cargo, que servirán como insumos a diversas instancias para visibilizar la gravedad de esta conducta, en busca de nuevas estrategias para combatirla y erradicarla. - Implementar una Red de Mentoría con mujeres que en periodos anteriores han ocupado diversos cargos de elección popular, con el propósito de que compartan sus conocimientos y experiencias en el ejercicio del cargo con quienes integran la Red de Mujeres Electas, además de brindarles acompañamiento. - Coadyuvar con información estadística a la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) y al Instituto Nacional Electoral (INE) a partir de los registros de las mujeres que se inscriban en la Red de Mujeres Electas. - Transferir a la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) nombre y cargo de las mujeres electas mediante proceso electoral ordinario o extraordinario que sean víctimas de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPRG) por medio de los informes que se generen periódicamente. - Establecer comunicación con las mujeres que integran la Red de Mujeres Electas y la Red de Mentoría a través de los canales de comunicación institucionales con el propósito de llevar a cabo capacitaciones, así como compartir conocimientos y experiencias en el ejercicio del cargo. - Elaborar contenido digital para su difusión que permita a las participantes de la Red de Mujeres Electas recibir capacitación de forma continua en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPRG) y, acompañamiento por parte de las mentoras. - Comunicar los datos personales a las diferentes áreas del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para el cumplimiento de sus atribuciones. La siguiente finalidad requiere el consentimiento expreso y por escrito: - Difundir y publicar material digital relativo al testimonio de las mentoras vinculado con violencia política contra las mujeres en razón de género (VPRG). ¿Cuál es el fundamento legal que faculta al IEEM para llevar a cabo el tratamiento de tus datos personales? - Artículo 21, numeral 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. - Artículos II y III de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer. -Artículos 1, 2, incisos a), d) y e); 3, 7, y 15, numeral 1 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. - Artículo 1, numeral 1; y artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. - Artículo 1 de la Convención Interamericana sobre concesión de los Derechos Políticos a la Mujer. - Artículos 5 y 6 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará". - Objetivo 5 Igualdad de Género de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. - Artículo 1, párrafo primero, tercero y quinto, y artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. - Artículos 20 Bis, 20 Ter, 27, segundo párrafo; 36, fracción XIV; y 48 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. - Artículos 7, numeral 5; 442 Bis; 463 Bis; 463 Ter; y 474 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. - Artículo 5, párrafo tercero y séptimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. - Artículo 168, párrafo segundo del Código Electoral del Estado de México. - Artículo 27 Quinquies, párrafo primero; 27 Sexies, y 27 Septies de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. - Artículo 47 del Reglamento Interno del Instituto Electoral del Estado de México. - Apartado 11 del Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México. - Apartado motivación, objetivo general, objetivos específicos viñeta uno, dos y cinco, propósitos viñeta dos, tres y cuatro del Acuerdo IEEM/CG/15/2018 del Consejo General del IEEM mediante el que se crea la Comisión Temporal de Igualdad de Género, Derechos Humanos y No Discriminación para el Proceso Electoral 2017-2018. - Apartado motivación, objetivo general, objetivos específicos viñeta dos, tres, cuatro y cinco del Acuerdo IEEM/CG/26/2019 del Consejo General del IEEM, por el que se crea la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación. - Apartado motivación, párrafo 12 del Acuerdo IEEM/CG/24/2020 del Consejo General del IEEM, por el que se determina la nueva integración de las Comisiones Permanentes, así como la creación de las Comisiones Especiales de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, para la atención del Programa de Resultados Electorales Preliminares, y de Vinculación con Órganos Desconcentrados del IEEM. - Cláusulas Segunda y Tercera del Convenio General de Apoyo y Colaboración entre el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, para la Implementación de la Agenda para la Igualdad de Género en el Sistema Electoral Nacional, aprobado mediante Acuerdo IEEM/CG/46/2018 del Consejo General del IEEM. - Punto PRIMERO del Acuerdo IEEM/CIGyND/02/2022 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, por el que se aprueba el Documento Operativo de la Red de Mujeres Electas 2022. - Acuerdo IEEM/CG/23/2022 del Consejo General del IEEM, por el que se aprueba el Documento Operativo de la Red de Mujeres Electas 2022. - Acuerdo IEEM/CG/31/2022 del Consejo General del IEEM, por el que se crea la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género del Instituto Electoral del Estado de México. ¿Tus datos personales serán objeto de transferencia? No Sí ¿A quién se transfieren tus datos personales? A la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE). ¿Para qué finalidades se transfieren tus datos personales? Para generar estadísticas e integrar informes acerca de la Red de Mujeres Electas y dar seguimiento a las conductas realizadas en contra de mujeres electas que puedan constituir violencia política contra las mujeres en razón de género. ¿Qué fundamento legal autoriza la transferencia? - Artículo 168, párrafo segundo del Código Electoral del Estado de México. - Artículo 47 del Reglamento Interno del Instituto Electoral del Estado de México. - Apartado 11 del Manual de Organización del Instituto Electoral del Estado de México. - Apartado motivación, objetivo general, objetivos específicos viñeta uno, dos y cinco, propósitos viñeta dos, tres y cuatro del Acuerdo IEEM/CG/15/2018 del Consejo General del IEEM mediante el que se crea la Comisión Temporal de Igualdad de Género, Derechos Humanos y No Discriminación para el Proceso Electoral 2017-2018. - Apartado motivación, objetivo general, objetivos específicos viñeta dos, tres, cuatro y cinco del Acuerdo IEEM/CG/26/2019 del Consejo General del IEEM, por el que se crea la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación. - Apartado motivación, párrafo 12 del Acuerdo IEEM/CG/24/2020 del Consejo General del IEEM, por el que se determina la nueva integración de las Comisiones Permanentes, así como la creación de las Comisiones Especiales de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, para la atención del Programa de Resultados Electorales Preliminares, y de Vinculación con Órganos Desconcentrados del IEEM. - Punto PRIMERO del Acuerdo IEEM/CIGyND/02/2022 de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación por el que se aprueba el Documento Operativo de la Red de Mujeres Electas 2022. - Acuerdo IEEM/CG/23/2022 del Consejo General del IEEM, por el que se aprueba el Documento Operativo de la Red de Mujeres Electas 2022. - Acuerdo IEEM/CG/31/2022 del Consejo General del IEEM, por el que se crea la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género del Instituto Electoral del Estado de México. ¿Cuáles datos van a ser transferidos? - Datos de las mujeres electas mediante proceso electoral ordinario o extraordinario: • Datos de identificación: • Nombre. • Cargo. ¿Qué sucede cuando otorgas tu consentimiento expreso? Al otorgar su consentimiento expreso faculta al IEEM para realizar la trasferencia de datos de acuerdo con las finalidades previstas en el presente aviso de privacidad. ¿Cómo puedes manifestar tu negativa para la finalidad y transferencia del uso previo al tratamiento de tus datos personales? En caso de que no consientas el uso de tus datos personales para una o varias finalidades, o bien, la transferencia de los mismos, podrás manifestarlo mediante escrito libre presentado ante la Unidad de Transparencia del IEEM que deberá contener nombre y firma, así como la copia de tu identificación oficial para acreditar tu identidad. De igual manera, podrás llevarlo a cabo mediante el ejercicio del derecho de oposición, a través de la página electrónica https://sarcoem.org.mx/sarcoem/ciudadano/login.page del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México denominado SARCOEM. ¿Dónde puedes ejercer tus derechos ARCO? Los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición se conocen como derechos ARCO. Los derechos ARCO son independientes. El ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro. La procedencia de estos derechos, en su caso, se hará efectiva una vez que acredites tu identidad, o bien, si el ejercicio de tus derechos ARCO se realizara a través de representante legal, este deberá acreditar su personalidad e identidad. Los Derechos ARCO se podrán ejercer a través de la página electrónica https://sarcoem.org.mx/sarcoem/ciudadano/login.page del Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales del Estado de México denominado SARCOEM, mediante escrito libre, presentado en las oficinas de la Unidad de Transparencia del IEEM, con domicilio en Paseo Tollocan No. 944, Col. Santa Ana Tlapaltitlán, C.P. 50160, Toluca, Estado de México, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, así como vía correo electrónico a transparencia@ieem.org.mx Si deseas conocer el procedimiento para el ejercicio de estos derechos puedes acudir a la Unidad de Transparencia o consultarlo en la página electrónica http://www.ieem.org.mx/transparencia2/avisoprivacidad.php ¿Cómo puedes revocar tu consentimiento para el tratamiento de tus datos personales? Puedes hacerlo en cualquier momento, sin embargo, es importante que tengas en cuenta que no en todos los casos podremos atender tu solicitud, ya que es posible que por alguna obligación legal o contractual requiramos seguir tratando tus datos personales; asimismo, debes considerar que para ciertas finalidades la revocación de tu consentimiento implicará que no puedas continuar con el trámite respectivo o que no podamos brindarte el servicio para el cual recabamos tu información personal. En caso de que desees revocar tu consentimiento, deberás presentar escrito libre ante la Unidad de Transparencia del IEEM, que deberá contener nombre y firma, así como la copia de tu identificación oficial para acreditar tu identidad. ¿Puedes limitar el uso o divulgación y la portabilidad de tus datos personales? En congruencia con las finalidades para el tratamiento de tus datos personales, no se cuenta con medios para limitar su uso o divulgación. ¿Cómo puedes informarte sobre los cambios a este aviso de privacidad? Cualquier modificación al aviso de privacidad, será publicado en la página electrónica del IEEM http://www.ieem.org.mx/, en el vínculo institucional del portal de Transparencia y Acceso a la Información, rubro Avisos de Privacidad y Protección de Datos Personales, apartado “Conoce los avisos de privacidad del IEEM” http://www.ieem.org.mx/transparencia2/avisoprivacidad.php ¿Este Sistema de Datos Personales cuenta con Encargado? No Sí “Se informa que este Sistema de Datos Personales no cuenta con encargado” ¿Qué procedimiento puedes realizar para ejercer tu derecho a la Portabilidad de Datos Personales? Se ajustará a lo dispuesto por el Capítulo III de los “Lineamientos que establecen los parámetros, modalidades y procedimientos para la Portabilidad de Datos Personales” aprobados por Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, asimismo, puedes consultar el procedimiento directamente en la siguiente página electrónica http://www.ieem.org.mx/transparencia2/avisoprivacidad.php ¿Cuál es el domicilio del INFOEM? El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios es el órgano garante competente para orientar, proteger o recibir denuncias relacionadas con el tratamiento de datos personales y ejercicio de derechos ARCO; su domicilio se encuentra ubicado en Calle Pino Suárez sin número, actualmente Carretera Toluca-Ixtapan # 111, Colonia La Michoacana; Metepec Estado de México, C.P. 52166, o bien, puedes contactarte al teléfono 800 821 04 41, así como en el correo electrónico cat@infoem.org.mx